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Normativa sobre drones para rodajes en Portugal: registro en la ANAC, autorización gratuita de la AAN para la toma de imágenes aéreas, zonas del aeropuerto de Lisboa, seguros, parques y plazos de preaviso.
Consultado el 3 de octubre de 2026
Un dron que realiza una sesión comercial en Portugal debe cumplir con dos organismos: la ANAC, la autoridad de aviación civil, que aplica la normativa de la UE sobre drones y decide dónde se puede volar, y la Autoridade Aeronáutica Nacional (AAN), que debe autorizar cualquier fotografía o grabación aérea. Además, los parques, la costa y los monumentos tienen su propia normativa.
Las normas cambian. Confírmalo con cada autoridad antes de reservar nada; esta es una guía de producción, no un asesoramiento jurídico.
La versión resumida
Dos permisos: el operador se registra (en la ANAC o en su país de origen de la UE) y la AAN autoriza las imágenes aéreas. Un dron con cámara necesita ambos.
Autorización de la AAN: gratuita, se solicita únicamente a través de e-AAN, con al menos 10 días de antelación, y tiene una validez de hasta 30 días consecutivos.
Equipos de fuera de la UE: para registrarse en la ANAC se necesita una clave digital portuguesa que debe obtenerse en persona; las empresas no pertenecientes a la UE deben estar establecidas en Portugal.
Lisboa: la ciudad se encuentra dentro de las zonas de drones del aeropuerto, algunas de las cuales están cerradas a los vuelos de categoría abierta, mientras que otras tienen un límite de altura de 30 o 60 m.
Parques naturales: para sobrevolar Sintra-Cascais o Arrábida se necesita la autorización del ICNF; este organismo dispone de entre 30 y 45 días laborables para responder.
Seguro: la cobertura de responsabilidad civil es obligatoria para drones de más de 900 g.
Parques de Sintra: los visitantes no pueden utilizar drones; para una sesión fotográfica profesional es necesaria su autorización con 15 días laborables de antelación.
Normativa de la UE: drones, distancias y pilotos
La categoría «abierta» abarca la mayor parte de los vuelos comerciales de bajo riesgo: un dron de menos de 25 kg, que se mantenga a la vista, a una altura máxima de 120 m sobre el suelo y que nunca sobrevuele concentraciones de personas, lo que, según los ejemplos de la ANAC, incluye zonas comerciales concurridas de los centros urbanos. La subcategoría se rige por la clasificación del dron:
A1: C0 (menos de 250 g) y C1 (menos de 900 g). Un C1 no debe sobrevolar a personas ajenas al vuelo, y cualquier sobrevuelo debe reducirse al mínimo.
A2: C2 (menos de 4 kg), a una distancia horizontal mínima de 30 m de personas no implicadas, o de 5 m en modo de baja velocidad.
A3: C3 y C4 (menos de 25 kg), y drones sin etiquetar de 250 g o más vendidos antes de 2024: a 150 m de personas ajenas al evento y de zonas urbanas, lo que excluye la ciudad.
Según la definición de la ANAC, se consideran «implicados» el equipo técnico y los participantes que hayan recibido instrucciones; los transeúntes no lo son. Se permiten los vuelos nocturnos con una luz verde intermitente.
Los pilotos deben tener al menos 16 años. Las categorías A1 y A3 requieren un curso en línea y un examen; la categoría A2 añade una formación práctica autodidáctica y un segundo examen, que la ANAC realiza de forma presencial. Se reconocen los certificados de cualquier Estado miembro de la UE; los visitantes de fuera de la UE se forman de la misma manera.
Volar a más de 120 m, fuera del campo de visión, sobre personas no implicadas fuera de la categoría A1, sobre multitudes o por encima del límite de altura de una zona aeroportuaria constituye la categoría específica, que requiere un escenario estándar declarado o una autorización operativa de la ANAC. Un operador autorizado en otro Estado miembro de la UE debe solicitar a la ANAC una autorización para operaciones transfronterizas.
Registro y seguro
El operador, es decir, la persona o empresa responsable del dron, debe registrarse si este pesa 250 g o más o lleva una cámara, salvo que se trate de un juguete. El registro se realiza una sola vez, en el lugar de residencia del operador o en el lugar donde la empresa tiene su sede principal, y es válido en toda la UE. En la página web de la ANAC no se indica ninguna tasa.
Operadores de la UE: deben registrarse en su país de origen, no en Portugal.
Particulares de fuera de la UE: deben registrarse en uas.anac.pt con una dirección en Portugal y una «Chave Móvel Digital» obtenida en una «Loja do Cidadão». La ANAC advierte de que el mostrador puede solicitar un número de identificación fiscal si la actividad parece de carácter comercial.
Empresas de fuera de la UE: deben estar establecidas comercialmente en Portugal, con una dirección portuguesa, un número de identificación fiscal y una clave digital.
El número de operador debe figurar en una etiqueta colocada en cada dron y en su identificación remota.
El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para drones con una masa operativa máxima superior a 900 g (Decreto-Ley 58/2018, cuyo artículo sobre seguros sigue en vigor). La Portaria 2/2021 establece una cobertura mínima de 0,26 millones de Derechos Especiales de Giro (de 900 g a 1,5 kg) a 0,56 millones (de 4 a 20 kg). La póliza requerida cubre el uso en Portugal, y el registro de la ANAC solicita sus datos.
La AAN: permiso para grabar desde el aire
Para capturar imágenes desde cualquier aeronave sobrevolando Portugal y publicarlas, se necesita la autorización de la AAN: cualquier dron capaz de capturar imágenes, incluidos los de juguete y los FPV, incluso si no se tiene intención de grabar.
Cómo: únicamente a través de e-AAN (imagensaereas.aan.pt). Hay que crear una cuenta y enviar una declaración firmada, por correo electrónico con firma digital portuguesa o por correo postal firmada a mano; no se aceptan escaneos, y las solicitudes solo se pueden tramitar una vez recibidas.
Cuándo: al menos 10 días antes del inicio; solo se garantiza una resolución a tiempo para esas solicitudes. No se puede aprobar una solicitud presentada después de las 17:00 para un vuelo a las 08:00 del día siguiente.
Coste: gratuito. La AAN indica que está prevista una tasa, pero aún no se ha fijado.
Validez: hasta 30 días consecutivos a partir del 24 de marzo de 2025 (una respuesta anterior de las preguntas frecuentes aún indica 60); dos días consecutivos en las zonas sujetas al Decreto-Ley 248/91.
Ámbito de aplicación: una solicitud por zona. En un municipio sin restricciones, cubre todo el municipio; en el resto de casos, el personal de la AAN la revisa y coordina con la Fuerza Aérea.
Quién: cualquier adulto que pueda firmarla: el piloto, el usuario de las imágenes o una empresa.
Los solicitantes extranjeros pueden presentar la solicitud, pero la norma que citan las preguntas frecuentes de la AAN menciona a los solicitantes portugueses y de otros países de la UE o del EEE; una tripulación de fuera de la UE debería consultar con antelación a [email protected].
Dónde se puede volar
Consulta todas las ubicaciones en el mapa de zonas de la ANAC, dnt.anac.pt. A la espera de que el Gobierno defina nuevas zonas, siguen vigentes las normas aeroportuarias de la ANAC de 2016.
Lisboa: en el mapa, una franja que abarca Alcântara (LX Factory) y el Parque Eduardo VII está cerrada a los vuelos de categoría abierta. En la Baixa, Alfama y el Parque das Nações, la altura máxima es de 30 m sobre el suelo (o el obstáculo más alto en un radio de 75 m, si es mayor); en Belém, de 60 m. El dron debe indicar su altura; para volar a mayor altura se necesita autorización de la ANAC.
Zonas sensibles: el mapa señala zonas militares en Belém, São Bento y la Praça do Comércio, donde todo vuelo requiere la autorización de la AAN. Para sobrevolar sedes de órganos soberanos, embajadas, instalaciones militares y policiales o prisiones se requiere su consentimiento; en un radio de 1 km de los helipuertos de protección civil, policía y hospitales, se requiere la autorización de la ANAC.
Cascais: el aeródromo cuenta con sus propias zonas a lo largo de la costa de Estoril.
Sintra, Cabo da Roca y Ericeira: dentro de la zona militar LPR69A, donde todo vuelo requiere la autorización de la AAN.
Restricciones temporales: la AAN publica las reservas de espacio aéreo para eventos militares y la temporada de incendios forestales; consúltelas la semana del rodaje.
Parques, playas, monumentos y personas
La AAN establece que su autorización no sustituye a ninguna otra.
Áreas protegidas: sobrevolar un área protegida nacional requiere la autorización del ICNF. Para trabajos comerciales hay que utilizar su formulario de rodaje, que debe enviarse a [email protected] junto con un mapa KMZ o KML de la zona de vuelo y una foto del dron. Pena, Cabo da Roca y Guincho se encuentran en el Parque Natural de Sintra-Cascais.
Playas y costa: volar desde playas o aguas costeras puede requerir la autorización de la autoridad marítima a través de la capitanía local, y la Policía Marítima se encarga de comprobarlo.
Parques de Sintra: los drones están prohibidos para los visitantes y las sesiones fotográficas de bodas, por motivos de seguridad de las personas y los bienes. Las sesiones fotográficas profesionales requieren una autorización con 15 días hábiles de antelación: se debe indicar el nombre del dron en la solicitud. Más información en Sesiones fotográficas en Sintra.
Monumentos: la filmación de patrimonio catalogado requiere una autorización específica.
Personas: las imágenes de personas se consideran datos personales según el RGPD, y se aplican los derechos de imagen tal y como ocurre en tierra; véase Derechos de imagen y autorizaciones de modelo en Portugal.
Calendario para una producción
Con 45 días laborables de antelación (unas nueve semanas): solicitud al ICNF para un espacio protegido; se piden 10 días laborables, pero puede tardar 45.
Con 15 días laborables de antelación: Parques de Sintra.
Antes de la solicitud a la AAN: registro en la ANAC (y, fuera de la UE, la clave digital), certificados de piloto, seguro y una cuenta e-AAN validada.
Con al menos 10 días de antelación: la solicitud a la AAN, una por zona.
Semana de rodaje: consultar el mapa de zonas y las restricciones de la AAN; el piloto lleva consigo la autorización de la AAN.
Cómo lo gestionamos
Cuando realizamos una sesión fotográfica, lo que necesita cada localización forma parte del plan desde el primer reconocimiento, incluido el espacio aéreo que la sobrevuela. Para los permisos en tierra, consulta Permisos para sesiones fotográficas en Lisboa y Portugal.
Fuentes
ANAC: registro para visitantes y cómo obtener un CMD (en inglés)
Preguntas frecuentes de la ANAC: grabaciones en Portugal con un dron
Preguntas frecuentes de la ANAC: ¿tengo que registrarme como operador?
Preguntas frecuentes de la ANAC: residentes de otro Estado miembro
Preguntas frecuentes de la ANAC: ¿qué ocurre tras el registro?
Preguntas frecuentes de la ANAC: ¿se reconoce mi inscripción en otros Estados miembros?
Preguntas frecuentes de la ANAC: concentraciones de personas
Preguntas frecuentes de la ANAC: formación para visitantes de fuera de la UE
Preguntas frecuentes de la ANAC: drones con cámaras y captura de imágenes
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